Esta normativa establece que los créditos no tendrán plazos de vencimiento ni caducidad y solo se descontarán por el uso pleno de los mismos. Los saldos no utilizados se acumularán a favor de los usuarios, excepto los saldos promocionales.
Asimismo, el artículo 2º establece que el usuario que decide dar de baja su línea o número, tendrá la opción de transferir todo el saldo que no utilizó a su nueva línea, siempre y cuando sea en la misma red o telefónica. Así también se establece que los prestadores deberán presentar mensualmente a la Conatel, información sobre las líneas que fueron dadas de baja y los saldos que se transfirieron, según establece el artículo 3º.
Según el parlamentario, Aldo Zuccolillo presentó un recurso de “reconsideración” contra la mencionada Ley, que si bien constaba de una sola hoja, fue llamativamente cajoneada por Conatel por dos años. “La Ley 5177/14 fue reglamentada por Conatel en 2014, pero la empresa Personal, de Zuccolillo, presentó una "reconsideración" contra la normativa y recurriendo a la burda excusa de ‘recurso pendiente’, AZ siguió quedándose con los saldos pendientes de usuarios de Personal”, señaló el senador.
Bogado afirmó que con la maniobra de Zuccolillo contra la ley 5177/14, se habría embolsado unos 48.000.000 de dólares en estos dos años. “Solo gracias a la investigación del Senado, con pedidos de informes, se descubrió el grosero cajoneo en Conatel. Y recién el 6 de agosto de 2016, a toda bala, Conatel dicta una Resolución rechazando el recurso chicanero de Zuccolillo, unos días después del pedido de informe del Senado, presentado por mi persona”, indicó.
El legislador, dijo esperar que con la resolución del ente estatal de comunicaciones, Zuccolillo por fin termine respetando los saldos de los clientes de su empresa de telefonía Personal.
“Esperamos que Zuccolillo por fin cumpla con la Ley 5177/14, que fue una conquista de los usuarios de telefonías celulares”, concluyó.